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Redacción / esteesMichoacan.com | Morelia, Michoacán:
La diputada Belinda Iturbide Díaz presentó una iniciativa ante el Congreso de Michoacán para modificar el Código Familiar y la Ley Orgánica del Registro Civil del estado, con el objetivo de acelerar la expedición de actas de defunción en los casos de personas desaparecidas cuyos restos sean localizados después de seis meses.
En una rueda de prensa previa a la presentación de la iniciativa en la sesión pública del Pleno de la 76 Legislatura, la diputada Iturbide Díaz, en colaboración con autoridades de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la Fiscalía General del Estado, la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Salud, explicó la importancia de esta propuesta.
La legisladora de Morena subrayó la creciente crisis de desapariciones en el país, que en 2024 alcanzó la cifra alarmante de 316,388 personas desaparecidas, de las cuales 104,462 siguen sin ser localizadas. En Michoacán, según los datos más recientes, se han reportado 10,244 casos, posicionando al estado en el lugar número 11 a nivel nacional. Morelia, además, lidera la lista de municipios con mayor incidencia, con 2,317 personas desaparecidas.
En la actualidad, el Código Familiar de Michoacán establece un plazo de seis meses para levantar el acta de defunción de una persona desaparecida, después del cual solo es posible hacerlo mediante una orden judicial. Esta restricción, según la propuesta de la diputada, representa una revictimización para las familias de las personas desaparecidas, ya que deben enfrentar largos y complicados procesos burocráticos para poder enterrar los restos de sus seres queridos una vez que son identificados.
La iniciativa busca modificar el artículo 118 del Código Familiar para permitir la expedición de actas de defunción sin restricción temporal cuando se trate de cadáveres o restos humanos identificados, identificados no reclamados o no identificados. Además, se propone una modificación al artículo 20 de la Ley Orgánica del Registro Civil, para que los oficiales del registro civil puedan emitir estos documentos sin necesidad de intervención judicial, siempre que lo solicite el Ministerio Público y se cuente con el certificado de defunción expedido por un médico legista de la Fiscalía General del Estado.
El propósito de esta reforma es garantizar que las familias tengan acceso rápido a los trámites de defunción, evitando que enfrenten procedimientos legales adicionales que alarguen aún más su sufrimiento. Si se aprueba esta reforma, Michoacán se uniría a otros estados que están implementando medidas humanitarias para agilizar estos trámites en apoyo a las víctimas indirectas de la desaparición forzada y otros delitos que resultan en la localización tardía de cadáveres.